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Asistente Salud Mental

    Vigilancia

    La mortalidad infantil y materna, es un problema social y de salud pública, que hace imperativo profundizar las políticas sociosanitarias tendientes a su reducción.
    Para ello los efectores públicos y privados de la Provincia de Buenos Aires tienen un plazo de 72hs. de ocurrido el deceso de un niño o niña menor de 1 año y de una mujer en cualquier momento de la gestación, parto o puerperio para notificar al sistema de Vigilancia para la mortalidad Materna, Neonatal e Infantil.

    Es la muerte de una mujer mientras que está embarazada o dentro de los 42 días siguientes de terminar un embarazo, independientemente de la duración y la localización del embarazo, por cualquier causa vinculada o agravada por el embarazo o su manejo, pero NO por causas accidentales o incidentales (éstas últimas se denominan externas e incluyen accidentes, violencia, acontecimientos ambientales, envenenamientos y otros efectos adversos)

    Las muertes maternas se subdividen en dos grupos:

    • Muertes obstétricas directas: las muertes obstétricas directas son aquellas que resultan de complicaciones obstétricas del embarazo, parto o puerperio; de intervenciones, omisiones, tratamiento incorrecto, o de la cadena de eventos que llevó a ello.
    • Muertes obstétricas indirectas: son aquellas que derivan de enfermedad previamente existente o enfermedad que apareció durante el embarazo y que no fue debida a causas obstétricas directas, pero que se agravó por los efectos fisiológicos propios del embarazo.

    Muerte materna tardía: muerte de una mujer, por causas directas o indirectas, producida a más de 42 días después pero antes de un año de haber terminado el embarazo.
    Por la relevancia social que tiene la muerte de una mujer en edad fértil deberán notificarse todas las muertes de mujeres entre 10 y 50 años ocurridas con independencia de su causa.

    Completar formulario de notificación inmediata de casos de muertes de mujeres entre 10 y 50 años, embarazadas o no, durante los 364 días anteriores a su defunción

    Formulario



    Comprende la mortalidad de menores de 1 año. Se llama mortalidad neonatal a la ocurrida en el transcurso de los primeros 27 días de vida y postneonatal la ocurrida entre los 28 días hasta los 364 días cumplidos de vida extrauterina.

    Completar formulario de notificación inmediata de casos de muertes de menores de 1 año

    Formulario



    Es la muerte ocurrida con anterioridad a la expulsión completa o extracción del cuerpo de la madre de un producto de la concepción, cualquiera que haya sido la duración del embarazo. La defunción se señala por el hecho de que, después de tal separación, el feto no respira ni muestra cualquier otro signo de vida, tal como el latido del corazón, la pulsación del cordón umbilical o el movimiento efectivo de músculos voluntarios.
    A los fines de poder dar intervención, solamente se requiere la notificación de las muertes fetales que superen las 20 semanas de gestación.

    Completar formulario de notificación inmediata de casos de muertes de fetales mayores a 20 semanas de gestación

    Formulario



    Resolución N° 1/2016

    Crea el Sistema de Vigilancia para la Mortalidad Materna Neonatal e Infantil con el objeto de mejorar la accesibilidad a la información sobre las defunciones maternas e infantiles en forma continua.

    Descargar resolución