Hormona de Crecimiento y tratamientos para la Pubertad Precoz

Los trastornos de crecimiento pueden ser causados por una producción insuficiente de la glándula pituitaria, el antecedente de haber nacido con un peso y talla menor para la edad gestacional, enfermedades crónicas o síndromes genéticos. La hormona de crecimiento recombinante humana, mediante inyecciones diarias bajo supervisión médica, es segura y efectiva en las indicaciones aprobadas y a las dosis recomendadas.

La pubertad precoz es un trastorno endocrino que lleva a los/as niños/as a adquirir en forma temprana caracteres sexuales secundarios (antes de los 8 años en niñas y 9 años en niños). Un diagnóstico temprano y un tratamiento adecuado pueden prevenir consecuencias. Por eso, los controles pediátricos son clave para la detección oportuna. Ante cualquier signo, consultá con tu pediatra de cabecera.

El programa está destinado a niños y niñas residentes de la provincia de Buenos Aires que cuenten con cobertura pública exclusiva.
Garantiza tanto la gestión y provisión de medicamentos para los y las pacientes con diagnóstico de trastornos del crecimiento, como también para los cuidados y la atención de personas con diagnóstico de pubertad precoz.

El tratamiento se utiliza en las siguientes condiciones de salud:
  • Síndrome de Turner
  • Deficiencia de Hormona de Crecimiento
  • Restricción en el Crecimiento Intrauterino (RCIU)
  • Insuficiencia Renal Crónica

  1. Reuní la siguiente documentación:
    1. Un formulario de inicio completado y firmado por el o la profesional que realiza el diagnóstico.
    2. Fotocopia de DNI de la persona.
    3. Certificación Negativa de ANSES.
    4. Laboratorio actualizado.
    5. Recetario Único Provincial.
  2. Presentala en la Oficina de Acceso y Derecho a la Salud (OADS) más cercana a tu domicilio. Consultá acá.
  3. Una vez recibida la documentación, la misma se carga en el sistema y se realiza la auditoría donde se corrobora la idoneidad del tratamiento.
  4. De ser autorizada, se envía la medicación por Correo Argentino a cada una de las regionales de la provincia.
  5. Es importante tener en cuenta que cada 3 (tres) meses a partir de la fecha de inicio del tratamiento, deberá solicitarse la continuidad o modificación del tratamiento del paciente presentando solo el Recetario Único Provincial.

  1. Reuní la siguiente documentación:
    1. Resumen de historia clínica donde conste talla, peso, velocidad de crecimiento y estadio de desarrollo puberal.
    2. Radiografía de mano y muñeca izquierda para ver edad ósea.
    3. Ecografía ginecológica.
    4. Laboratorio que contenga valores de LH, FSH y estradiol.
    5. Resonancia magnética de cerebro: obligatoria en niños y en niñas menores de 6 años.
  2. Presentala en la Oficina de Acceso y Derecho a la Salud (OADS) más cercana a tu domicilio. Consultá acá.
  3. Una vez presentada la documentación, es cargada al sistema para ser auditada y aprobada.
  4. La medicación se envía a través del Correo Argentino al lugar donde comenzó el trámite.
  5. Es importante recordar que cada 3 (tres) meses se presenta nuevamente la receta para continuar recibiendo la medicación. Es recomendable hacerlo con 1 (un) mes de anticipación para disminuir demoras en la entrega.

Si tenés dudas o consultas, podés enviar un mail a mentradanyapba@gmail.com o comunicate por whatsapp al 2216766581.