Fórmulas Alimentarias
En el marco de la Ley Nacional Nº 27.611, conocida como “Ley 1000 días”, la Provincia garantiza la provisión de insumos para el acceso equitativo a una nutrición completa y acorde a las necesidades específicas de cada niño y niña durante la primera infancia.
Fórmulas de inicio y continuación
Las fórmulas de inicio y continuación (de 0 a 6 meses y de 6 a 12 meses respectivamente) están destinadas a recién nacidos/as que no reciben leche humana e intentan imitar lo máximo posible su composición, con una mezcla balanceada de nutrientes esenciales. A través de la Estrategia Nacional de Distribución de Fórmulas Alimentarias (Resolución 409/2022), el Ministerio de Salud de la Nación tiene la obligación de distribuir a las jurisdicciones fórmula de inicio y continuación para la alimentación de los/las lactantes cuyas condiciones médicas lo requieran.
- Pacientes prematuros nacidos con hasta 32 semanas de gestación (a partir de los 3 meses de edad corregida y hasta los 12 meses de edad corregida)
- Pacientes prematuros nacidos con 33 o más semanas de gestación (de 0 a 12 meses de edad corregida)
- Pacientes nacidos a término de 0 a 12 meses de edad cronológica con indicación médica de recibir fórmula de inicio.
Casos contemplados:
- Que el/la lactante se encuentre bajo régimen de adopción, guarda o institucionalizado/a.
- Persona gestante fallecida o ausente.
- Decisión de no amamantar (considerado exclusivamente durante el primer mes de vida del lactante)
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Diagnósticos en la persona que amamanta de:
- Infección de VIH SIDA
- Infección de HTLV I y II
- Enfermedad o condición de salud grave que le imposibilite cuidar/amamantar al lactante
- Herpes simple tipo I y varicela en zona de la mama
- Consumo problemático de sustancias legales o ilegales (drogas, alcohol, etc.)
- Uso de medicamentos contraindicados con la lactancia que no posean un reemplazo seguro para el lactante
- Sin glándula mamaria
Hasta 4 kilos de fórmula de inicio y hasta 2,4 kilos de fórmula de continuación por mes.
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Reuní la siguiente documentación:
- DNI del responsable del/de la lactante. El DNI del lactante es opcional.
- Recetario de fórmulas alimentarias con todos sus campos completos
- Las prescripciones que indiquen la “decisión de no amamantar” deberán ser acompañadas de la declaración jurada.
- Presentala de forma presencial o digital (correo electrónico) a tu sede de región sanitaria, secretaría de salud, maternidad o Centro de Atención Primaria de la Salud (CAPS) más cercanos. Consultá acá.
- Una vez presentada la documentación, es cargada al sistema del Ministerio de Salud de la Nación para ser auditada y aprobada.
- De ser aprobada, las fórmulas se retiran de forma presencial.
Fórmulas especiales o medicamentosas
Las fórmulas especiales o medicamentosas contienen ingredientes específicos para abordar condiciones médicas particulares, como problemas gastrointestinales, alergias alimentarias o enfermedades metabólicas que requieren un abordaje nutricional específico.
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Reuní la siguiente documentación:
- DNI (frente y dorso) del/la paciente y adulto/a a cargo.
- Recetario único provincial (RUP) con todos sus datos completos, indicando fórmula por nombre genérico y cantidades requeridas. Para continuar recibiendo la fórmula o suplemento es importante que cada 3 (tres) meses presentes el RUP actualizado.
- Te recomendamos hacerlo con 1 (un) mes de anticipación para disminuir demoras en la entrega.
- Resumen de historia clínica actualizada que justifique la solicitud, asociada a los estudios complementarios solicitados. Deberá contener fecha, firma y sello médico.
- Certificación Negativa de ANSES.
- Presentala en la Oficina de Acceso y Derecho en Salud (OADS) más cercana. Consultá acá.
- Una vez presentada, es cargada al sistema para ser auditada y aprobada.
- De ser aprobada, las fórmulas se retiran en la OADS donde se inició la solicitud.
Ingresá acá para consultar el Vademécum nutricional de suplementos y fórmulas alimentarias.
Los niños y niñas con enfermedades metabólicas congénitas que necesiten fórmulas especiales no incluidas en el vademécum nutricional, podrán solicitarlas presentando la misma documentación requerida para las demás fórmulas. Las solicitudes serán evaluadas por los equipos de auditoría para su aprobación.