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América Latina Economía y producción - 22 Oct 2020

BRASIL | El Covid-19 es considerado como una enfermedad profesional

Los trabajadores que contrajeron el covid-19 o sus familias tienen derecho a reclamar beneficios del Instituto Nacional de Seguridad Social: prestación por enfermedad (por invalidez temporal), jubilación por invalidez (o invalidez parcial) o pensión por fallecimiento.

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Con 5,2 millones de casos confirmados y 154 mil muertes en Brasil, la nueva pandemia de coronavirus ha estado afectando la vida de todos.

Lo que pocas personas saben es que los trabajadores que contrajeron el covid-19 o sus familias tienen derecho a reclamar beneficios del INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social).

Son: prestación por enfermedad (por invalidez temporal), jubilación por invalidez (o invalidez parcial) o pensión por fallecimiento.

El abogado João Badari, especialista en derecho de la seguridad social en Aith, Badari e Luchin Advogados, la regla se aplica a todos los profesionales que cotizan a la Seguridad Social, ya sea como resultado del trabajo o no.

Consulta cuándo es posible reclamar cada uno de los beneficios:

Prestación de enfermedad: La prestación se debe al trabajador que necesita ausentarse del trabajo durante más de 15 días debido a la enfermedad. Para tener derecho, la discapacidad temporal debe ser establecida por peritaje médico.

Durante la nueva pandemia de coronavirus, el gobierno federal paga el pago de los primeros 15 días de licencia.

Hasta entonces, la empresa era la responsable de pagar al profesional durante este período.

La abogada Daniela Castro, especialista en derecho previsional de Vilhena Silva Advogados, agrega que el asegurado debe acreditar el período mínimo de gracia de 12 aportes para tener derecho a reclamar las prestaciones por enfermedad.

“El trabajador también necesita estar al tanto de las cotizaciones que pagan los empleadores para que no se le niegue el beneficio, en caso de necesidad futura, por falta de pago por parte de la empresa”, dice Daniela.

Accidente de trabajo

Esta asistencia es válida para los profesionales que adquirieron la enfermedad en su actividad laboral, como los profesionales de la salud, por ejemplo.

Sin embargo, una decisión del STF (Supremo Tribunal Federal) allanó el camino para que los profesionales que mantuvieran su actividad laboral dentro de la empresa -independientemente de su área de actividad- caracterizar la contaminación por el nuevo coronavirus como una enfermedad profesional y, así, garantizar un beneficio del INSS (Instituto Nacional de Seguridad Social) más atractivo.

Al clasificar el covid-19 como enfermedad ocupacional, la abogada Adriana Calvo, profesora de FGV Direito RJ y coordinadora de derecho individual en OAB / SP, explica que los trabajadores tienen derecho a prestaciones completas, desde el primer día de empleo, y Estabilidad laboral de 12 meses.

“Corresponde al empresario demostrar que el trabajador no adquirió el covid-19 en el entorno laboral o por el ejercicio de la actividad laboral”, añade Badari.

Jubilación por discapacidad (o discapacidad)

El trabajador tiene derecho a solicitar cuando un perito acredite su incapacidad, permanente o indefinida, para el ejercicio de su actividad profesional.

El beneficio también se otorga a los profesionales que hayan tenido graves secuelas que les impidan volver al trabajo.

Pensión por muerte

En caso de fallecimiento de un asegurado por covid-19, los familiares pueden reclamar una pensión por fallecimiento del INSS.

Si la enfermedad fue causada por el trabajo, el cálculo será del 100% del salario de la prestación, y no hay un número mínimo de cotizaciones para su pago.

Si no es por trabajo, el valor inicial es 50%, más 10% por cada dependiente.

¿Cómo ordenar?

Prestación de enfermedad, accidente de trabajo y jubilación por invalidez:

El asegurado puede programar el examen presencial en una de las agencias del INSS que brindan este servicio, llamando al 135 o mediante la página web My INSS. Y es muy simple, solo crea un registro y una contraseña.

Durante la pandemia, el trabajador podrá recibir asistencia por enfermedad en forma de emergencia, donde se le pagará un salario mínimo (R $ 1.045) por mes y, posteriormente, el INSS pagará la diferencia de los montos (después de la pericia presencial).

Para ello, el asegurado debe enviar un certificado médico que acredite que está enfermo y cuáles son las posibles complicaciones.

El documento debe tener la firma del médico, sin tachaduras, y el período de licencia previsto.

El pedido se puede enviar digitalmente a través de My INSS. Solo una foto del certificado y no necesita transformar el archivo en un pdf (usando su teléfono celular es muy sencillo registrarse y enviar).

Pensión por muerte

La solicitud se puede realizar a través de Internet (Meu INSS) o por teléfono 135.

Derechos laborales

Badari también señala que además de estos beneficios de seguridad social, los trabajadores y sus dependientes también tienen derechos laborales y de seguro, tales como:

  • Indemnización por daño moral;
    • Indemnización por daños materiales (ejemplo: compra de medicamentos, fisioterapia y gastos hospitalarios);
    • Estabilidad accidental en caso de reincorporación al trabajo (por un período de 12 meses);
    • Cobro de FGTS (Fondo de Garantía por Tiempo de Servicio) durante la licencia;
    • Pensión mensual, pagada por el empleador, a los dependientes en caso de fallecimiento; y
    • Recibo de cualquier seguro de vida profesional (si la empresa se lo ofrece a los empleados).