ERES Bonaerense 2026
El sistema de Residencias de la Provincia de Buenos Aires constituye una política sanitaria definida por el Ministerio de Salud para formar profesionales de manera integral. Tiene como objetivo dar respuesta a la complejidad de los problemas de salud de la población, promoviendo un modelo de atención y cuidado con perspectiva de derechos. El concurso público y abierto se rige por el Reglamento del ERES Bonaerense 2026 y tiene como modalidad de ingreso un examen presencial que se realizará en diferentes sedes dentro de la provincia de Buenos Aires. Permitirá elaborar un orden de selección para adjudicar los cargos de especialidades y disciplinas básicas y posbásicas, de acuerdo a la titulación y formación de base. En esta página vas a encontrar el reglamento del concurso, el cronograma y toda la información para cada instancia en el apartado correspondiente.Novedades
17/07 – Se actualizaron los cupos disponibles
Encontralos en el apartado “cupos”Cronograma
- Publicación de Orden de Selección (ODS) provisorio y reclamos – semana del 20/7
- Publicación ODS definitivo – semana del 27/7
- Adjudicación – semanas del 10/8 y del 17/8
- Inicio de las residencias – 1/9
- Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado. Los/as postulantes extranjeros/as deberán poseer Documento Nacional de Identidad emitido por autoridad argentina o, en su defecto, certificado de residencia precaria o acto dispositivo de la Dirección Nacional de Migraciones que otorga el beneficio de radicación temporaria o permanente, cumpliendo con las condiciones migratorias previstas en la Ley N° 25.871, normas reglamentarias y complementarias al momento de su inscripción al mecanismo de selección. El certificado de residencia precaria no habilita para la adjudicación de un cargo.
- Todos/as los/as aspirantes deberán poseer al momento de su inscripción título de grado habilitante emitido por cualquier institución de la República Argentina, del ámbito público o privado, reconocida oficialmente y conforme a lo establecido en el presente reglamento para cada residencia. Los/as graduados/as de universidades extranjeras, sean éstas del ámbito público o privado, deberán poseer título de grado universitario convalidado por la Secretaría de Educación de la Nación dependiente del Ministerio de Capital Humano o revalidado por una Universidad Nacional (no privada), debiendo haber completado el trámite correspondiente al momento de la inscripción.
- Se encuentren activos/as dentro del sistema público de residencias al momento de la inscripción.
- Se les hubiese aplicado la limitación de beca por cualquiera de las causales previstas en el Anexo I, Decreto Nº 2557/01, salvo las prevista en el artículo 34º, Inciso a) Renuncia del becario y d) No haber aprobado las evaluaciones para la promoción al año inmediato superior, o se le hubiese aplicado la sanción de limitación de residencia por cualquiera de las causales previstas en el Anexo I, aprobado por Decreto Nº 1572/22.
- Hubiesen participado en tres (3) concursos, adjudicando al menos un cargo en cada uno de los mismos.
- Se les hubiese caducado la beca otorgada en el marco del Programa de Becas de Capacitación “Programa Pre-Residencias”, aprobado por la Resolución Ministerial N° 7904/23, por cuestiones de índole disciplinaria.
- Ser ciudadano/a argentino/a nativo/a, por opción o naturalizado. Los/as postulantes extranjeros/as deberán poseer Documento Nacional de Identidad emitido por autoridad argentina o, en su defecto, certificado de residencia precaria o acto dispositivo de la Dirección Nacional de Migraciones que otorga el beneficio de radicación temporaria o permanente, cumpliendo con las condiciones migratorias previstas en la Ley N° 25.871, normas reglamentarias y complementarias al momento de su inscripción al mecanismo de selección. El certificado de residencia precaria no habilita para la adjudicación de un cargo.
- Todos/as los/as aspirantes deberán poseer al momento de su inscripción título de grado habilitante emitido por cualquier institución de la República Argentina, del ámbito público o privado, reconocida oficialmente y conforme a lo establecido en el presente reglamento para cada residencia. Los/as graduados/as de universidades extranjeras, sean éstas del ámbito público o privado, deberán poseer título de grado universitario convalidado por la Secretaría de Educación de la Nación dependiente del Ministerio de Capital Humano o revalidado por una Universidad Nacional (no privada), debiendo haber completado el trámite correspondiente al momento de la inscripción.
- Haber completado la residencia básica requerida para el cupo a concursar con fecha máxima de finalización de residencia o jefatura al 05 de abril de 2021, o encontrarse cursando el último año de las mismas, debiendo presentar el certificado de residencia básica completa al momento de la toma de posesión.
- Se encuentren activos/as en una residencia posbásica dentro del sistema público de residencias de la provincia de Buenos Aires, al momento de la inscripción.
- Se les hubiese aplicado la limitación de beca por cualquiera de las causales previstas en el Anexo I, aprobado por Decreto Nº 2557/01, excepto la prevista en el artículo 34º, Inciso a) Renuncia del becario y d) No haber aprobado las evaluaciones para la promoción al año inmediato superior, o se le hubiese aplicado la sanción de limitación de residencia por cualquiera de las causales previstas en el Anexo I, aprobado por Decreto Nº 1572/22.
- Se les hubiese financiado una residencia posbásica finalizada en el Sistema Provincial de Residencias para Profesionales de la Salud.
- Hubiese participado en tres (3) concursos, adjudicando al menos un cargo en cada uno de los mismos.
Está disponible el nuevo listado de notas actualizado al 7 de Julio luego de analizados los reclamos sobre preguntas del examen. Podés encontrarla en el Portal de Residencias o en el siguiente listado. Para especialidades posbásicas también se encuentran disponibles los resultados del análisis de antecedentes, Se puede acceder a través del Portal de Residencias o en el siguiente listado.
Ya está finalizada la instancia de reclamos sobre el examen, por lo que se aceptarán reclamos por dos motivos: “Hay un error en mi nota” o “no figura mi nota”. Se podrán hacer por el Portal de Residencias hasta el 10 de julio a las 23.59 h.
Sobre la posibilidad de realizar reclamos sobre el puntaje por antecedentes, podrán hacer solo un reclamo por cada categoría a través del Portal de Residencias también hasta el 10 de julio a las 23.59 h. NO SE ACEPTARÁ NUEVA DOCUMENTACIÓN.
Quienes subieron documentación para promedios en el período excepcional deberán acceder al Portal de Residencias para su verificación. Tendrán el mismo período de reclamos que para el reclamo de notas.
Resolución de reclamos a exámenes
Se detalla la resolución de los reclamos por especialidad, tema y número de pregunta en este documento. Los reclamos que fueron aceptados son aquellos que tenían fundamentos académicos, disciplinares y/o pedagógicos. El documento incluye actualizaciones para la disciplina de trabajo social.
La resolución favorable de un reclamo a una pregunta del examen implica que se da por válido el punto para todos/as los/as postulantes que rindieron el examen y para todos los temas. Esto implica que esa pregunta se considera NEUTRAL, por lo que se suma un punto a TODOS los exámenes que tenían esa respuesta marcada como INCORRECTA. Quienes tenían esa pregunta como CORRECTA no verán modificaciones, ya que ese punto ya se encontraba contabilizado.
La resolución favorable tiene impacto en todas los/as postulantes que rindieron para la especialidad, independientemente de que hayan realizado o no el reclamo de manera individual. Para verificar el impacto de esta modificación, te sugerimos que entres al portal y revises si las preguntas dadas por válidas son correctas o incorrectas en tu grilla. A tu puntaje final se agregara un punto por cada pregunta dada por válida, que figure como incorrecta en tu grilla.
Ejemplo: Resolución favorable del reclamo a la pregunta 52 del Tema A de medicina
- A los postulantes con la pregunta 52 incorrecta, se les agrega un punto al puntaje total.
- A los postulantes con la pregunta 52 correcta, no se les agrega un punto, ya que ese punto se encontraba contabilizado previamente.
Se procede de igual manera con los temas B pregunta 2, tema C pregunta 42 y tema D pregunta 52, ya que corresponden a la misma pregunta en estos temas.
Asimismo, es importante señalar que para las Especialidades del Equipo de Salud y posbásicas se procede de igual forma que en el ejemplo que se describió anteriormente.
Las especialidades que tuvieron resoluciones con respecto a reclamos presentados, son:
- Medicina tema A, B, C y D.
- Obstetricia tema A y B
- Enfermería tema A y B
- Trabajo Social tema A y B
- Nutrición tema A
- Derecho tema A
- Odontología tema A
- Bioquímica tema A
- Kinesiología tema A
- Administración Hospitalaria tema A
- Epidemiología tema A
- Farmacia Hospitalaria tema A
- Fonoaudiología tema A
- Instrumentación Quirúrgica tema A
- Terapia ocupacional tema A
- Veterinaria y Zoonosis tema A