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HABILITACION Y/O TRASLADO DE FARMACIAS

¿Qué es? ¿De qué se trata?
Obtención de Disposiciones de Habilitación o traslado del establecimiento

¿Para quién es?
El trámite es para los profesionales con título habilitante para ejercer su profesión. (De acuerdo a la Ley 10606) y/o sociedades previstas en el artículo 14 incisos b y c de la Ley 10606

¿Quién lo puede realizar?
Lo realiza el interesado o apoderados.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Nota en papel sellado fiscal por el importe de $ 5, dirigida al Ministerio de Salud - Farmacia, solicitando autorización para habilitación o traslado, indicando expresamente la ubicación del local y: lote, calle, numeración, datos catastrales, localidad, partido. Asimismo, indicar nombre, dirección, localidad y partido de las dos farmacias más próximas, puntualizando si se encuentran o no más de 300 metros del local propuesto para habilitación o traslado.-

Completar la declaración jurada de trámite de habilitación o traslado. (en el Ministerio de Salud)

Adjuntar planos del local con: las medidas, distribución y denominación de todos los ambientes, de conformidad con el Petitorio Farmacéutico vigente, que incluye croquis del lugar, con distancia a la esquina más próxima. Se debe acompañar el original del plano, en TELA, VINILICO o POLIESTER y una copia heliográfica. Los planos deberán ser firmados por el DT farmacéutico, el propietario del local (que puede coincidir o no con el propietario del fondo de comercio) y el profesional de la construcción interviniente. La carátula del plano debe contener los datos consignados en el Anexo I. NO SE ACEPTAN PLANOS EN PAPEL VEGETAL.-

Cuando la propiedad sea ostentada por sociedades (en comandita simple, de responsabilidad limitada o colectiva), deberá adjuntarse fotocopia autenticada con certificación de firmas (ante Escribano Público o Juez de Paz) del contrato de constitución de la entidad societaria, debidamente inscripto en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.-

Fotocopia autenticada con certificación de firmas (ante Escribano o Juez de Paz) del título de propiedad (o de instrumento que acredite la titularidad), o fotocopia autenticada con certificación de firmas del contrato de locación debidamente TIMBRADOS, a nombre del farmacéutico propietario del fondo de comercio del inmueble donde se instalará o trasladará la farmacia. En caso de tratarse de una Sociedad, la documentación precedente, deberá constar a nombre de la misma.-

Constancia de hallarse al día con las cuotas de matrícula del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires (art.18, Ley 6682).-

Certificado de libre regencia en jurisdicción nacional (Lima 340, Ciudad de Buenos Aires- de 14 a 15 hs). NO SE REQUIERE PARA LOS CASOS DE TRASLADO.-

Certificado de domicilio real del farmacéutico, en la localidad asiento de la farmacia (art. 21 ley 10.606).-

Constituir domicilio legal en La Plata , en forma clara y precisa, indicando calle y número, o piso, número o letra del escritorio o departamento. NO PODRA CONSTITUIRSE DOMICILIO EN LAS OFICINAS PUBLICAS (art. 24 del decreto ley 7647/70).-

 

¿Cuanto demoro en hacerlo?
El trámite demora una (1) hora por la mañana.

¿Cuanto demoro en obtenerlo?
Se obtiene aproximadamente dentro de los dos (2) meses de iniciado el trámite, supeditado a la fecha de pedido de inspección por parte del interesado.

¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?
El resultado se recibe mediante correo certificado o en forma personal en el lugar de inicio del trámite.

¿Cuánto cuesta?
Habilitaciones y/o traslado de Farmacias: 1 módulos de $ 288 depositado en Banco Provincia, cuenta en pesos N* 1696/2, mas 2 módulos de $ 288 c/u para el pedido de inspección por parte del interesado incrementándose esto último en un porcentaje según la distancia.-

¿Dónde lo puedo hacer?
El trámite se realiza en el Ministerio de Salud, Departamento Farmacia

Horario de atención
El horario de atención es de 9,00 hs. a 13,00 hs., de lunes a viernes

Horario y/o días y/o periodos de menor concurrencia
Ninguno en particular

Canal de relación: ampliación de Información, seguimiento y reclamo
Los canales de relación son por vía telefónica al 0221- 4292700 int. 82791, 82792, 82937 o al Directo fax 0221 429 2749 Correo electrónico: farmacia@ms.gba.gov.ar
Importante: En todo los casos resulta indispensable el número de expediente para el seguimiento del trámite.

Trámites relacionados
Los trámites previos: obtención de la matrícula Provincial (el que no la posea) en el Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As. Calle 5 Nº 966 - La Plata

Constatar el cumplimiento del Artículo 3° Ley 10606 (T. O. Ley 13054).-

Organismo responsable
El organismo responsable del trámite es el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires-Departamento Farmacia. Calle 51 n* 1120- La Plata

 

 


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