Funciones

 

Elaborar las normas metodológicas, técnicas y administrativas a las que tendrán que ajustarse los comités de ética en investigación y elevar su informe a la CCIS.

Asesorar a la CCIS en lo concerniente al desarrollo, control y evaluación de los procesos relacionados con ética en investigaciones en salud.

Establecer las normativas para el registro y acreditación de los Comités de Ética en Investigación y Comités de Bioética con funciones en Investigación.

Promover la capacitación en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires en el campo de la Ética en Investigación.- Asistir y fiscalizar las actividades de los Comités locales de Ética e Investigación.

Implementar sistemas de intercambio de información ético/científicos entre los efectores de salud de la Pcia. de Buenos Aires.

Contribuir al resguardo de los derechos y el bienestar de los sujetos participantes de las investigaciones.

Elevar las acciones, resoluciones, disposiciones o todo otro acto emanado de su funcionamiento (que como órgano consultivo le confiere el art. 1º de la Resolución Ministerial Nº 004107), al Sr. Ministro de Salud, si así lo requiere.

Establecer foros de debate en aquellas situaciones que planteen dilemas éticos.

Establecer los procedimientos necesarios para la revisión de protocolos que deban someterse a su consideración.-

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